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	<title>2021 Archives - CES Vasco</title>
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	<description>Órgano consultivo que con caracter transversal acoge la más amplia representación de los diversos intereses económicos y sociales de la realidad socioeconómica vasca</description>
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	<title>2021 Archives - CES Vasco</title>
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		<title>Dictamen del CES sobre el Proyecto de Decreto del Servicio de Inspección Pesquera del Gobierno Vasco</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Dec 2021 07:56:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El CES Vasco considera oportuna y adecuada la tramitación del “Proyecto de Decreto de Inspección Pesquera”, del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. El Consejo Económico y Social...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li><strong>El CES Vasco considera oportuna y adecuada la tramitación del “Proyecto de Decreto de Inspección Pesquera”, del Departamento de </strong><strong>Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente</strong><strong>.</strong></li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Proyecto de Decreto de Inspección Pesquera”, elaborado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo considera oportuna y adecuada su tramitación.</p>
<p>El Decreto tiene por objeto regular las funciones de <strong>control e inspección</strong> de la actividad de pesca marítima, marisqueo y acuicultura, en el ámbito de las competencias de la Administración General de la CAPV. Su finalidad es garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de pesca marítima, marisqueo y acuicultura, así como prever y realizar todas aquellas actuaciones necesarias para la protección de los recursos marinos en todas sus fases desde la captura o producción hasta la fase final de comercialización.</p>
<p>El Decreto 67/1982, de 29 de marzo, de Ordenación del Servicio de Inspección Pesquera, Marisquera y de Plantas de Acuicultura, creó y reguló un servicio de inspección<em>, “cuyas previsiones han de ser adecuadas a las perspectivas legales actuales”, –</em>OCM de pesca, Reglamento de control y Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017–, por lo que el CES estima que la norma es oportuna y adecuada.</p>
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		<title>El CES emite tres nuevos dictámenes</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/el-ces-emite-tres-nuevos-dictamenes/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Dec 2021 08:05:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El CES emite tres dictámenes favorables sobre el Anteproyecto de Ley de Salud Pública, y los Proyectos de Decreto en torno a la atención integral de adicciones y drogodependencias, y...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El CES emite tres dictámenes favorables sobre el Anteproyecto de Ley de Salud Pública, y los Proyectos de Decreto en torno a la atención integral de adicciones y drogodependencias, y las  ayudas a la  cooperación al desarrollo</p>
<ul>
<li>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Salud Pública”, elaborado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, con las consideraciones incorporadas en el dictamen y recomienda mayor precisión de algunos aspectos de la ley redactados de forma “excesivamente” abierta.</li>
<li>El Consejo considera que esta iniciativa legislativa es oportuna y necesaria para abordar la salud pública vasca en toda la extensión del concepto, entendiendo la salud pública como determinada en gran medida por factores externos al ámbito sanitario, y en la que han de intervenir los distintos sectores y áreas de políticas del gobierno.</li>
</ul>
<p>El último pleno del Consejo Económico y Social Vasco ha ratificado tres dictámenes favorables de este órgano consultivo sobre el “Anteproyecto de Ley de Salud Pública de Euskadi”, el Proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas a programas de Cooperación al Desarrollo, y el Proyecto de Decreto por el que se regula el sistema de sustitución de sanciones por incumplimiento de la Ley 1/2016, de abril, de atención integral de adicciones y drogodependencias.</p>
<p>Por su trascendencia futura para el conjunto de la sociedad vasca, el <strong>Dictamen 12/21</strong> <strong>relativo al</strong> <strong>Anteproyecto de Ley de Salud Pública</strong> elaborado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco es el más extenso, y es que si bien, el Consejo <strong>considera adecuada la tramitación </strong>del anteproyecto, introduce algunas consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado y hace hincapié en la necesidad de introducir mayor precisión en algunos aspectos redactados de forma “excesivamente” abierta, entre otras cuestiones, para preservar los derechos individuales, garantizar la participación ciudadana y definir la configuración del entramado organizativo.</p>
<p>En este caso, se trata de un anteproyecto que incorpora a la normativa vasca la evolución y progresos habidos en los conceptos y praxis de la salud. Tiene por objeto, fundamentalmente, salvaguardar y potenciar el mayor nivel posible de la salud de la población vasca como bien público de máximo interés, garantizando los derechos de las personas en materia de salud, la igualdad de oportunidades y la equidad. Como elemento clave, y en base a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), <strong>incorpora la perspectiva de la Salud en todas las Políticas y acciones públicas</strong>, con su correspondiente definición y ordenación, con el fin de crear un Sistema de Salud Público de carácter integral, en el que la población alcance y mantenga el mayor nivel de salud posible.</p>
<p>La actualmente vigente Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, Ley 8/1997, de 26 de junio, constituye el marco jurídico que ha propiciado la regulación de las actividades que permiten hacer efectivo en Euskadi el derecho a la protección de la salud, garantizando la adopción de medidas preventivas, de promoción de la salud y la provisión de prestaciones sanitarias, a través de las estructuras y recursos que configuran el sistema sanitario de Euskadi. El sistema sanitario público y universal que se ha ido construyendo y las políticas públicas desarrolladas, han permitido disponer de un sistema de calidad para abordar las necesidades y expectativas de la ciudadanía vasca y alcanzar en Euskadi una esperanza de vida por encima de la mayor parte de Comunidades Autónomas y entre las más altas del mundo.</p>
<p>Sin embargo, desde la promulgación de la Ley de Ordenación Sanitaria puede constatarse una importante evolución en las necesidades, retos y enfoques en torno a la ordenación de la protección de la salud.  <strong>El reconocimiento de que la salud viene determinada en gran medida por factores externos al ámbito sanitario</strong> tiene como consecuencia que una política de salud pública eficaz interpele a todos los sectores públicos, y que <strong>haya de aplicarse un enfoque de Salud en Todas las Políticas </strong>en las estrategias gubernamentales.</p>
<p><u>OPORTUNIDAD DE LA NORMA</u></p>
<p>Por todo ello, el consejo consultivo vasco considera <strong>muy oportuna y necesaria la iniciativa</strong> del Departamento de Salud del Gobierno Vasco de elaborar un texto legal para abordar la salud pública vasca en toda la extensión del concepto, abordando todas las implicaciones de entender la salud pública como determinada en gran medida por factores externos al ámbito estrictamente sanitario y en la que han de intervenir los distintos sectores y áreas de políticas del gobierno.</p>
<p><em>“Compartimos la necesidad de un nuevo texto legal puesto que, siendo la ordenación sanitaria un aspecto nuclear de la protección del derecho a la salud, este requiere de un abordaje más amplio, que trasciende la actual regulación que ofrece la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, y exige articular un campo de actuación más extenso, en el que concurren los distintos niveles institucionales de la Comunidad Autónoma con competencias en materias relacionadas con la salud, los diferentes medios y recursos, y la multitud de agentes implicados”,</em> explican.</p>
<p>El CES valora, así, positivamente el anteproyecto. Como valoración general, considera que constituye un texto bien cohesionado y estructurado, con un correcto desarrollo técnico, y <strong>recomienda para su correcta implementación y efectividad el </strong><strong>urgente desarrollo reglamentario del texto</strong>. <em>“Observamos con agrado que uno de los objetivos expresados por el anteproyecto es que permita reducir las desigualdades sociales en materia de salud”</em>, subraya el CES.</p>
<p>El dictamen del CES incorpora además media docena de <strong>áreas de mejora</strong>, que se concretan en consideraciones específicas. La primera tiene que ver con la <strong>declaración de situación de emergencia sanitaria</strong>. Y es que el CES considera que el anteproyecto está muy influenciado por la vigente crisis sanitaria causada por el COVID-19 y por la voluntad de incorporar herramientas que faciliten la gestión de emergencias sanitarias. El CES considera necesario introducir en el texto claridad y precisión sobre las diferencias entre <em>“emergencia, pandemia o crisis sanitaria”</em> y el alcance de cada una de las situaciones que contempla, así como del órgano responsable para su determinación. También sobre su diferenciación respecto de las situaciones de emergencia de carácter no sanitario.</p>
<p>En relación con todo esto y el hecho de que las autoridades sanitarias podrán adoptar medidas especiales tendentes a limitar los derechos individuales, apuntan que <em>“Nos encontramos en un terreno particularmente sensible, que requiere del máximo rigor y claridad, y sobre el que sería conveniente efectuar, en la medida de lo posible, una catalogación”</em>. Entre las áreas de mejora se apunta además, la necesidad de una <strong>formulación más precisa sobre las competencias y funciones</strong> de todo el entramado de la gobernanza del Sistema Público de Salud, <strong>mayor precisión sobre las circunstancias y modalidades de colaboración prevista para entidades privadas</strong> y <strong>mayor clarificación sobre las vías de participación ciudadana</strong> en las actuaciones de salud pública, así como la <strong>integración transversal</strong> en todo el cuerpo legal <strong>de la perspectiva de género</strong>.</p>
<p><u>DROGODEPENDENCIAS Y COOPERACIÓN  </u></p>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido además un informe sobre el Proyecto de Decreto por el que se regula el sistema de sustitución de sanciones por incumplimiento de la Ley 1/2016, de 7 de abril, de atención integral de adicciones y drogodependencias. El decreto tiene por objeto regular el sistema de sustitución de las sanciones y establecer el procedimiento para el desarrollo de lo dispuesto en el artículo 93, donde se establece la posibilidad de sustituir las sanciones de multa por la realización de otro tipo de medidas alternativas. En su<strong> Dictamen 13/21, el órgano consultivo estima que el mismo resulta adecuado y oportuno</strong>.</p>
<p>Del mismo modo, se considera adecuada y se valora de forma positiva la tramitación del <em>“Proyecto de Decreto por el que se regulan las ayudas a programas de Cooperación para el Desarrollo”,</em> con algunas consideraciones generales y específicas desarrolladas en el <strong>Dictamen 14/21</strong>. Este proyecto se orienta a posicionar el <strong>enfoque local-global</strong> como seña de identidad de estos programas, así como a establecer un sistema de gestión que permita asegurar una inserción suficiente de dicho enfoque en las iniciativas presentadas.</p>
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		<title>Dictamen del CES sobre el Anteproyecto de Ley del sistema vasco de garantía de ingresos y para la inclusión</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-anteproyecto-de-ley-del-sistema-vasco-de-garantia-de-ingresos-y-para-la-inclusion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Nov 2021 08:13:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El CES Vasco lo considera como un avance positivo respecto a la actual situación y ve oportuno que se proceda a la modernización del actual marco normativo del Sistema de Garantía de Ingresos.</li>
<li>El principal fin del nuevo Anteproyecto de ley es adaptar el funcionamiento del conjunto del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y de Inclusión, y muy especialmente el de las prestaciones económicas que lo integran.</li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Anteproyecto de Ley del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión”, elaborado por el Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo <strong>considera la norma propuesta un avance positivo,</strong> respecto a la situación actual, al tiempo que considera adecuada su tramitación.</p>
<p>Esta iniciativa legislativa tiene como objeto regular el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión, que se dirige a prevenir el riesgo de exclusión de las personas, a paliar situaciones de exclusión personal, social y laboral, a garantizar el desarrollo de una vida digna y a promover la plena inclusión en la sociedad de quienes carezcan de suficientes recursos personales, laborales, sociales o económicos. Para ello, el principal fin de la nueva ley es adaptar el funcionamiento del conjunto del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y de Inclusión, y muy especialmente el de las prestaciones económicas que lo integran, actualizando la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos, y las disposiciones que de esta se derivan.</p>
<p>En Euskadi, el Sistema de Garantía de Ingresos e Inclusión Social pretende proteger de la pobreza severa a la inmensa mayoría de quienes lo perciben, reduciendo los niveles generales de pobreza y exclusión social. Sin embargo, tal y como señala el dictamen, el crecimiento económico tras la crisis financiera del 2008 no ha impedido que la pobreza y la exclusión social crezcan en Euskadi.</p>
<p>Por otra parte, como consecuencia de <strong>la crisis sociosanitaria y socioeconómica </strong>provocada por la pandemia del COVID19, el panorama ha empeorado de manera destacable, y a estos cambios se añaden los derivados de la aprobación del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital (IMV), que obliga a replantear y rediseñar el conjunto del Sistema.</p>
<p>Todo ello hace preciso para el Consejo <strong>adaptar las medidas de protección social, de garantía de ingresos mínimos y de inclusión</strong> para mejorar la cobertura y el acceso a las prestaciones económicas del Sistema de Garantía de Ingresos y para mejorar el acceso de la ciudadanía vasca con dificultades para desenvolverse en la vida laboral y social, a los servicios sociales y al empleo de calidad.</p>
<p><u>UN AVANCE POSITIVO</u></p>
<p>El consejo consultivo vasco <strong>considera oportuno</strong> que se proceda a la modernización del actual marco normativo, siendo necesaria una actualización profunda de dicho marco normativo y del propio Sistema.</p>
<p>Asimismo, el dictamen incluye entre sus <strong>consideraciones generales</strong> la importancia del consenso en el proceso de elaboración de la norma, ya que se trata de un “<em>debate definitorio de la idea de sociedad que queremos y que, por tanto, va mucho más allá de las medidas concretas que se articulen en la modificación del Sistema. Estamos, a nuestro entender, ante un debate sobre un elemento vertebrador de nuestra Comunidad</em>”. Asimismo, según el Consejo, el anteproyecto es ambicioso en su contenido e identifica acertadamente los grandes retos que necesitan acometer.</p>
<p>Se ponen en valor aspectos de la norma como: la regulación de los servicios orientados a la inclusión laboral y social, un procedimiento que facilitará una gestión más eficaz de las prestaciones y el reconocimiento del derecho de las personas usuarias y la potestad inspectora como elemento vertebrador para la preservación del Sistema de Garantía de Ingresos. Se señalan, por otra parte, como ámbitos de mejora, los relativos a las cuantías de las prestaciones, la regulación relativa a las personas trabajadoras perceptoras de la RGI o los requisitos de edad y empadronamiento, entre otros.</p>
<p>El dictamen presenta una serie de <strong>consideraciones específicas </strong>como mejora de la norma: la propuesta en su artículo 1 a hacer mención, como uno de los fines a alcanzar, a la promoción de la (re)integración en el mercado laboral; la consideración, en el artículo 3, de la incorporación al mercado laboral como una opción prioritaria; caracterizar las prestaciones económicas como condicionadas al cumplimiento de obligaciones en el artículo 11; salvaguardar la no exclusión digital, en referencia al artículo 69; la propuesta de una periodicidad menor a la bienal en el control de las prestaciones reconocidas, respecto al artículo 82; la reducción del plazo establecido para la firma del Programa Integrado y Personal de Inclusión, desde la fecha de reconocimiento de las prestaciones económicas, en relación al artículo 118; y, por último, la propuesta, respecto al artículo 119, de que Lanbide ofrezca una oferta de empleo o una acción formativa cada año en el que se perciba la prestación.</p>
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		<title>Dictamen del CES sobre el Proyecto de Decreto de la gobernanza sociosanitaria de Euskadi</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-proyecto-de-decreto-de-la-gobernanza-sociosanitaria-de-euskadi/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Oct 2021 07:21:25 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “proyecto de Decreto de la Gobernanza Sociosanitaria de Euskadi”, elaborado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, con las consideraciones incorporadas...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “proyecto de Decreto de la Gobernanza Sociosanitaria de Euskadi”, elaborado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, con las consideraciones incorporadas en el dictamen.</li>
<li>El Consejo considera acertado y necesario que se establezca un sistema para la cooperación y coordinación en el ámbito sociosanitario de acuerdo a un modelo en el que se armonicen las políticas del Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y los ayuntamientos de la CAPV.</li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “proyecto de Decreto de la Gobernanza Sociosanitaria de Euskadi”, elaborado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo considera adecuada su tramitación con algunas consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado.</p>
<p>La finalidad del “proyecto de Decreto de la Gobernanza Sociosanitaria de Euskadi” es la <strong>definición y articulación territorial de la gobernanza sociosanitaria en la Comunidad Autónoma de Euskadi</strong> para dar respuesta a la necesidad de configuración y formalización de las relaciones estructurales y funcionales entre los ámbitos de políticas sociales y sanitario, sus niveles territoriales y de planificación y ordenación, organizativos y asistenciales, así como sus respectivos servicios y profesionales. Todo ello, en el marco de un modelo de armonización interinstitucional y coordinación funcional y multidisciplinar de la atención sociosanitaria.</p>
<p>La actual ausencia de regulación normativa que en Euskadi articule estructural y funcionalmente las relaciones entre instituciones, órganos y profesionales en el ámbito de la cooperación y coordinación sociosanitaria (con excepción del Decreto 69/2011, de 5 de abril, del Consejo Vasco de Atención Sociosanitaria) evidencia la necesidad de una estructuración sociosanitaria de la coordinación que formalice las relaciones orgánicas y funcionales en la que toman parte los diferentes niveles de atención sociosanitaria y defina la participación, relaciones, funciones e instrumentos de los diferentes órganos e instituciones involucradas en la prestación de servicios en los niveles de planificación y ordenación, organizativos y asistenciales, que den respuesta a necesidades de la población en las que confluyen lo social y lo sanitario.</p>
<p><u>VALORACIÓN POSITIVA</u></p>
<p>Por todo ello, el consejo consultivo vasco <strong>valora positivamente esta iniciativa y considera acertado y necesario</strong> que se establezca un sistema para la cooperación y la coordinación en el ámbito sociosanitario de acuerdo con un modelo en el que se armonicen las políticas del Gobierno Vasco en materia de servicios sociales y de salud, de las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa en materia de servicios sociales y los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi, también en lo referente a servicios sociales, creando así espacios de cooperación y coordinación entre diferentes sistemas y políticas susceptibles de dar respuesta a situaciones de necesidad sociosanitaria que se ubican en sus zonas de confluencia.</p>
<p>Asimismo, el órgano consultivo destaca que la mejora de la calidad asistencial y la excelencia, que deben derivarse de los avances en la coordinación de recursos y profesionales en los ámbitos que comprende la asistencia sociosanitaria, únicamente será posible si a ello se destinan los medios económicos suficientes, que permitan hacer frente tanto a las necesidades estructurales como a las nuevas que van surgiendo.</p>
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		<item>
		<title>Dictamen del CES sobre el Anteproyecto de Ley de Estatuto de las personas consumidoras y usuarias</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-estatuto-de-las-personas-consumidoras-y-usuarias/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Oct 2021 07:29:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Estatuto de las personas consumidoras y usuarias”, elaborado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno...</p>
<p>The post <a href="https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-estatuto-de-las-personas-consumidoras-y-usuarias/">Dictamen del CES sobre el Anteproyecto de Ley de Estatuto de las personas consumidoras y usuarias</a> appeared first on <a href="https://cesegab.eus/es/">CES Vasco</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del <a href="/es/download/dictamen-9-21-relativo-al-anteproyecto-de-ley-de-estatuto-de-las-personas-consumidoras-y-usuarias/">“Anteproyecto de Ley de Estatuto de las personas consumidoras y usuarias”</a>, elaborado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco, con las consideraciones incorporadas en el dictamen.</li>
<li>El Consejo considera que la iniciativa legislativa es oportuna y necesaria tanto para adaptar la misma al nuevo marco normativo de referencia como para responder a los cambios que el transcurso del tiempo ha generado en las formas de consumir y de percibir el consumo.</li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias”, elaborado por el Departamento de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo <strong>considera adecuada la tramitación de este Anteproyecto de Ley</strong>, con algunas consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado.</p>
<p>La finalidad del anteproyecto es la de <strong>regular la protección, defensa y promoción de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi,</strong> sustituyendo la actual regulación, recogida en la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias, que quedaría así derogada. Esta nueva regulación del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias se fundamenta en la modificación sustancial de la perspectiva de la protección de los derechos en materia de consumo y los cambios motivados por la normativa europea.</p>
<p>La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias se consagra como uno de los principios rectores de la política social y económica, que exige disponer de un marco jurídico adecuado. En su informe el CES constata las profundas transformaciones en este ámbito y apunta cómo “<em>d</em><em>urante los 18 años que median entre la ley actualmente vigente y el anteproyecto de ley, tanto el marco normativo como las prácticas de consumo han experimentado profundos cambios”, </em>y añade en este sentido,<em> “baste observar la incidencia que la pandemia ha ejercido sobre los patrones de consumo en los últimos 18 meses, muchos de ellos con vocación de permanencia, más allá de las circunstancias puntuales que los han motivado, para darse cuenta de la rapidez e intensidad de las transformaciones” .</em></p>
<p>Del mismo modo, se subraya el hecho de que <em>“La sensibilidad del consumidor hacia las más recientes tendencias, coherentes con un consumo más responsable, sostenible y respetuoso con el medio ambiente, exigen un compromiso de la política de consumo con nuevos valores y principios, y su reflejo normativo”</em>.</p>
<p><u>OPORTUNIDAD DE LA NORMA</u></p>
<p>Por todo ello, el consejo consultivo vasco <strong>considera </strong><strong>que la iniciativa legislativa es oportuna y necesaria</strong> tanto para adaptar la misma al nuevo marco normativo de referencia como para <strong>responder a los cambios</strong> que el transcurso del tiempo ha generado en las formas de consumir y de percibir el consumo, y permitir  ofrecer a los operadores y sujetos de las relaciones de consumo de Euskadi una normativa perfectamente alineada con la imperante en nuestro entorno europeo y con formulaciones jurídicas adaptadas a las nuevas realidades del mercado y las nuevas sensibilidades y tendencias en el consumo.</p>
<p>El dictamen del CES incorpora una serie de consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado. Así, por ejemplo, en el artículo 3 que definen los servicios de carácter básico de interés general, considera que deben incluirse también los servicios de telefonía. Dentro de los derechos objeto de especial protección, además de los productos alimenticios, se sugiere añadir los productos farmacéuticos y medicamentos a los productos a los que debe prestarse especial atención al etiquetado, información, publicidad, composición y calidad.</p>
<p>Por otro lado, el CES sugiere en varios puntos del articulado modificaciones que tienen que ver con la <strong>promoción, sensibilización y educación en el consumo responsable</strong>. Concretamente en la enumeración de los objetivos de las actuaciones de educación y formación, se indica: <em>“</em><em>entendemos necesario ampliar la enumeración de objetivos a cuya consecución ha de orientarse la educación y la formación de las personas consumidoras y usuarias e incluir objetivos relacionados con el consumo respetuoso con el medio ambiente, la evitación del despilfarro alimentario, la sostenibilidad, la responsabilidad social, el fomento de la economía circular de los bienes de consumo hacia un consumo sostenible”</em>, detalla el CES.</p>
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		<title>Dictamen del CES sobre el Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-anteproyecto-de-ley-de-movilidad-sostenible-de-euskadi/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 20 Sep 2021 07:42:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi”, elaborado por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, con...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El CES Vasco considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi”, elaborado por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco, con las consideraciones incorporadas en el dictamen.</li>
<li>El anteproyecto pretende un desarrollo integral de una movilidad sostenible y segura desde las perspectivas social, económica y ambiental. Los acuerdos europeos condicionan este modelo de movilidad con la exigencia de que sea sostenible, inteligente y resiliente.</li>
<li>El Consejo cree que la complejidad de las materias abarcadas, su intensa imbricación y los distintos ritmos legislativos hacen <em>“especialmente necesario establecer un orden y coordinación”</em>, y propone establecer <em>“algún mecanismo más concreto y específico que evite solapamientos y mejore la necesaria integración normativa y planificadora”</em>.</li>
<li>También subraya la importancia de la movilidad al centro de trabajo y sugiere contemplar planes de movilidad interempresas y crear un programa, agencia u oficina específica de movilidad al trabajo para dar soporte técnico y asesoramiento a planes de movilidad de las empresas.</li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco considera adecuada la tramitación del “Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi”, con las consideraciones que adjunta en su dictamen. El anteproyecto ha sido elaborado por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.</p>
<p>El texto analizado establece los principios y objetivos a los que debe responder el transporte de personas y mercancías para lograr el desarrollo integral de una movilidad sostenible y segura desde las perspectivas social, económica y ambiental. En este sentido, el CES recuerda que los acuerdos europeos en esta materia (Pacto Verde Europeo y Estrategia Europea de Movilidad) condicionan el modelo, que debe ser sostenible, inteligente y resiliente. Una conversión, prosigue el órgano consultivo, que <em>“nos ofrece claras oportunidades para mejorar la calidad de vida de las personas y para que la industria, en todas las cadenas de valor, se modernice, cree puestos de trabajo de calidad, desarrolle nuevos productos y servicios, y refuerce su competitividad”</em>.</p>
<p>El nuevo modelo de movilidad exige adoptar los correspondientes desarrollos normativos, labor a la que se enfrenta el texto dictaminado <em>“y lo hace con premura e incorporando la visión y principios del nuevo modelo europeo de movilidad, sostenible e inteligente”</em>, por lo que el CES valora <em>“oportuna y conveniente”</em> esta iniciativa legislativa. No obstante, observa algunas cuestiones que requieren una reflexión y estima necesario solventar algunas carencias no contempladas en el anteproyecto.</p>
<p><em>Mecanismo de coordinación más concreto </em></p>
<p>Así, señala que las profundas transformaciones que implican las transiciones climático-energética, tecnológico-digital y socio-sanitaria nos están enfrentado a una vorágine legislativa y planificadora que hace <em>”especialmente necesario establecer un orden y coordinación en toda ella”</em>.</p>
<p>Dada la complejidad de las materias, su intensa imbricación y los distintos ritmos legislativos en cada ámbito, el Consejo se plantea <em>“si realmente no haría falta establecer algún mecanismo de coordinación y ordenación más concreto y específico que evitara solapamientos y mejorara la necesaria integración normativa y planificadora”</em>. Por ello, entiende necesario que los distintos niveles institucionales competentes en materias como transporte e infraestructuras, planificación y urbanismo, energía, medioambiente, interior (tráfico) o educación tienen que poder trabajar conjuntamente y en el momento oportuno para alinear sus políticas en aras a conseguir una efectiva movilidad sostenible.</p>
<p><em>Movilidad al centro de trabajo</em></p>
<p>El órgano consultivo también estima que el plazo de vigencia de diez años del Plan de Movilidad Sostenible <em>“podría resultar un poco excesivo, teniendo en cuenta el entorno tan cambiante de las materias reguladas”</em>. Además, propone una regulación más completa de los derechos y obligaciones, <em>“que los configure como tales, y no como meros principios inspiradores de las políticas de movilidad”</em>.</p>
<p>Por último, el CES subraya la importancia de la movilidad al centro de trabajo, algunos de cuyos aspectos ya están regulados por la Ley de Sostenibilidad Energética. Sin embargo, entiende que una ley de movilidad de carácter sistémico debería contemplar cuestiones propias de este ámbito, como los planes de movilidad de centros de trabajo interempresas (multiempresas) o la movilidad que genera la implantación urbanística de un nuevo centro de trabajo; todo ello, con la participación de los agentes económicos y sociales en el modelo de gobernanza y con la <em>“creación de un programa, agencia u oficina específica de movilidad al trabajo para dar soporte técnico y asesoramiento a las empresas para que elaboren estos planes de movilidad”</em>.</p>
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		<title>Dictamen del CES sobre el AP de Ley del transporte por cable</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-ap-de-ley-del-transporte-por-cable/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Aug 2021 07:48:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El Consejo Económico y Social pide que se valore si es oportuna una norma específica para la regulación del transporte por cable, conforme a las consideraciones realizadas en el dictamen....</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El Consejo Económico y Social pide que se valore si es oportuna una norma específica para la regulación del transporte por cable, conforme a las consideraciones realizadas en el dictamen.</li>
<li>El CES recuerda que, actualmente, el transporte por cable se reduce en Euskadi a cuatro funiculares (Igeldo, La Reineta, Artxanda y Santurtzi), <em>“unas dimensiones muy modestas y muy alejadas de las que presentan otras Comunidades”</em>, y solicita al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes que ahonde en las motivaciones que le inducen al a regular, con rango de ley, este sector.</li>
<li>Pide que se expliquen las razones por las que esta regulación no puede ser parte de una norma más global, como la Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi, en avanzado estado de tramitación, algo que <em>“contribuiría también a evitar la profusión legislativa y a una mejor ordenación de las normas de incidencia sobre materias conexas”</em>.</li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco ha emitido un informe sobre el “Anteproyecto de Ley del Transporte por cable”, elaborado por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco. En su respuesta, el Consejo propone que se valore si es oportuna una norma específica para la regulación del transporte por cable, conforme a las consideraciones realizadas en el dictamen.</p>
<p>El transporte por cable se considera un modo de transporte independiente, una solución apropiada para desplazamientos en distancias pequeñas que deben superar un gran desnivel o una orografía complicada. La modalidad engloba una variada tipología de elementos (teleféricos, telecabina, telesillas, telesquíes&#8230;), y excluye, entre otros, los ascensores, los tranvías convencionales o las embarcaciones accionadas por cable. En Euskadi existen cuatro funiculares de transporte público, tres en Bizkaia y uno en Gipuzkoa: el de Igeldo, en San Sebastián; el de La Reineta, en el Valle de Trápaga (ambos calificados como bien cultural, con la categoría de conjunto monumental); el de Artxanda, en Bilbao; y el de Mamariga, en Santurtzi. En conjunto, registran algo más de tres millones de viajeros<ins> anuales</ins>, buena parte de ellos usuarios de esta última infraestructura, utilizada como lanzadera entre paradas del metro en Santurtzi.</p>
<p>El objeto del anteproyecto es regular la proyección, construcción, puesta en servicio y explotación de las instalaciones de transporte de personas por cable que discurran por la Comunidad Autónoma. El transporte por cable se rige por una normativa estatal (Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos y su reglamento), que el ejecutivo autónomo considera insuficiente debido a las innovaciones tecnológicas recogidas en el reglamento europeo, por lo que justifica la necesidad de elaborar una norma con rango de ley, que plasma en el anteproyecto examinado.</p>
<p><u>Consideraciones sobre la oportunidad de la norma</u></p>
<p>Aunque el proyecto vasco también contempla regular teleféricos y telesquíes -que en otras Comunidades Autónomas conforman el grueso de las instalaciones de transporte por cable-, el CES constata que <em>“no parece vislumbrarse una fuerte e</em><em>xpansión</em><em> de este tipo de instalaciones”</em> y, en consecuencia, constata que el ámbito de aplicación real actual de esta norma se reduce a los cuatro funiculares existentes en la CAPV. El Consejo entiende así que el reducido alcance material de la regulación <em>“</em><em>es un el</em><em>emento especialmente relevante para valorar la oportunidad de la iniciativa, lo que hace particularmente necesaria su justificación</em><em>”</em>. Por ello, considera que el anteproyecto debería ahondar en las motivaciones que inducen al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes a regular, con rango de ley, el sector del transporte por cable en Euskadi, <em>“que se </em><em>mantiene en dimensiones muy modestas y muy alejadas de las que presentan otras Comunidades</em> <em>que han legislado en esta materia</em><em>”</em> y subraya que, “<em>en</em> <em>su redacción actual</em><em>,</em><em> la justificación de la iniciativa legislativa se presenta en términos sumamente escuetos y una profundización de los mismos permitiría disponer de más y mejores elementos para valorar la necesidad y oportunidad de esta </em><em>iniciati</em><em>va</em><em>”</em>.</p>
<p>El Consejo también se pregunta si la regulación del transporte por cable <em>“</em><em>no podría hacerse dentro de la ordenación general de la movilidad en Euskadi</em><em>”</em>, sobre la que el CES se pronunció hace dos años al emitir un dictamen relativo al “Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi”, que ya contenía un capítulo dedicado al transporte por cable, lo que <em>“</em><em>contribuiría también a evitar la profusión legislativa y a una mejor ordenación de las normas de incidencia sobre materias conexas</em><em>”</em>.</p>
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		<title>El Consejo Económico y Social Vasco presenta la “Memoria Socioeconómica 2020”</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/el-consejo-economico-y-social-vasco-presenta-la-memoria-socioeconomica-2020/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 Jul 2021 07:58:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Memoria Socioeconómica recoge informes y datos estadísticos sobre la situación social y económica de la CAPV, que el CES analiza, contrasta y valora hasta consensuar una serie de consideraciones...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li><strong>La Memoria Socioeconómica recoge informes y datos estadísticos sobre la situación social y económica de la CAPV, que el CES analiza, contrasta y valora hasta consensuar una serie de consideraciones que incorpora en el documento.</strong></li>
<li><strong>El CES advierte de que los duros datos del impacto demográfico de la pandemia en 2020, con unas cifras inéditas de defunciones, mediatizan el contenido del documento.</strong></li>
<li><strong>La intensidad de la crisis provocó una profunda recesión económica sin precedentes en tiempos modernos, que se reflejó en un descenso del PIB del -9,5% en la CAPV. La implantación de los ERTE, <em>“gracias a un apoyo público sin precedentes”</em>, mitigó la importante pérdida de empleos. </strong></li>
<li><strong>Aunque el Sistema de Protección Social mantuvo su cobertura, la emergencia <em>“tensionó al máximo el sistema sanitario y desveló debilidades en el sistema de servicios sociales”</em>. Por otra parte, considera necesario <em>“un análisis de la incidencia de la epidemia en función de la vulnerabilidad social”</em>, de cara a eventualidades futuras. </strong></li>
<li><strong>El Consejo entiende que ahora es fundamental debatir sobre la sostenibilidad y equidad del sistema de protección social, <em>“con la adaptación a las nuevas realidades y crecientes necesidades derivadas de la pandemia”</em>.  </strong></li>
<li><strong>El CES considera que los fondos europeos Next Generation <em>“son claves para coadyuvar a una recuperación en clave de progreso, y no sólo de crecimiento del PIB”</em>.</strong></li>
<li><strong>El Consejo señala la necesidad de vigilar dos cuestiones directamente relacionadas con la Covid-19: la salud mental de la población (fatiga pandémica) y la adecuada atención a las personas con Covid persistente.</strong></li>
</ul>
<p><strong>Bilbao, 26 de Julio de 2021</strong></p>
<p>El Consejo Económico y Social vasco ha presentado esta mañana en Bilbao la Memoria Socioeconómica 2020, con lo datos de ese ejercicio. La presentación ante los medios ha sido realizada por la presidenta del CES vasco, Emilia Málaga, y por el decano de la Facultad de Economía y Empresa de la UPV/EHU, Jon Barrutia, que preside la Comisión del CES encargada de realizar el trabajo presentado. La Memoria Socioeconómica que elabora anualmente el Consejo es un compendio de informes y datos estadísticos, provenientes de fuentes oficiales, sobre la situación social y económica de la CAPV, que el CES analiza, contrasta y valora hasta consensuar una serie de consideraciones que incorpora en el documento.</p>
<p>El año 2020 ha estado condicionado por la pandemia de la covid-19 en un grado tal que empaña las consideraciones contenidas en la Memoria Socioeconómica, según observa el Consejo Económico y Social. Así, toda consideración que se extraiga de la misma está mediatizada por lo duros datos del impacto demográfico de la pandemia, con unas cifras inéditas de defunciones. La emergencia <em>“tensionó al máximo el sistema sanitario y desveló debilidades en el sistema de servicios sociales”</em>, desvela el Consejo; con todo, el Sistema de Protección Social mantuvo su cobertura y ahora es fundamental debatir sobre su sostenibilidad y equidad, <em>“con la adaptación a las nuevas realidades y crecientes necesidades derivadas de la pandemia”</em>.  El ejercicio pasado supuso una importante pérdida de empleos &#8211;<em>“mitigada en gran medida por los ERTE, gracias a un apoyo público sin precedentes”</em>-, y ahora resulta fundamental atender a los sectores, empresas y personas afectadas para superar la situación. Se trata de unos retos de naturaleza cambiante, que han obligado a las autoridades a ir reajustando sus actuaciones, <em>“algo que deberán seguir haciendo hasta dejar atrás esta crisis”</em>. Con esta perspectiva, el CES considera que los fondos europeos Next Generation <em>“son claves para coadyuvar a una recuperación en clave de progreso, y no sólo de crecimiento del PIB”</em>.</p>
<p>Los contenidos de la Memoria Socioeconómica 2020 están desglosados en cinco apartados: Demografía, Economía, Empleo y Relaciones Laborales, Condiciones de Vida y Protección Social, y Calidad de Vida. El documento puede ser consultado en la página web del CES vasco.</p>
<p><strong>PRINCIPALES INDICADORES SOCIOECONÓMICOS EN 2020</strong></p>
<p><strong>DEMOGRAFÍA</strong></p>
<p>Como ya se ha señalado, las cifras inéditas de fallecimientos han supuesto un duro impacto demográfico, por lo que el CES considera preciso realizar <em>“un análisis de la incidencia de la epidemia en función de la vulnerabilidad social”</em>, de cara a eventualidades futuras.</p>
<p>Los saldos migratorios positivos compensaron en 2020 el crecimiento natural negativo en la CAPV y en el conjunto de la UE. A pesar de ello, la Memoria alerta sobre el <em>“enorme desafío demográfico”</em> que afronta el País Vasco, <em>“por lo que resulta imprescindible un modelo demográfico y migratorio general que permita orientar las políticas públicas de manera transversal y coordinada”</em>.</p>
<p><strong>ECONOMÍA</strong></p>
<p>La intensidad de la pandemia contrajo bruscamente la actividad económica ese año, en un grado inaudito para un escenario de paz y provocó una profunda recesión económica sin precedentes en tiempos modernos, con unos descensos del PIB en términos reales del -3,3% en el mundo, -6,6% en la Zona Euro; -10,8% en España, y -9,5% en la CAPV. Sin embargo, el impacto pudo haber sido peor sin la respuesta de políticas económicas que han permitido mitigar sus efectos más negativos.</p>
<p>Entre febrero y diciembre de 2020 se perdieron en Euskadi 1.371 empresas y en términos interanuales, la disminución fue más intensa en el Estado (-3,3%) que en la CAPV (-2,4%). En cuanto a la demanda, tanto la interna como la externa, fueron negativas en su aportación al crecimiento del PIB. Los agregados de oferta reflejaron descensos interanuales de -11,8% en Industria y Energía; -13,3%, en el Índice de Producción Industrial; -9,5% en Construcción; y del -8,5% en Servicios. La pandemia provocó comportamientos contrapuestos en la demanda, con una caída del consumo privado y un aumento del consumo público, y otro tanto en la oferta, con un descenso de los servicios de mercado y una subida de los servicios de no mercado, con incrementos anuales positivos todo el año en Administración pública,  Educación, Sanidad y Servicios Sociales.</p>
<ul>
<li><strong>Actividades industriales</strong>: Los subsectores de Metalurgia (-20,1%) y Material de Transporte (-15,2%), registraron caídas en su Índice de Producción Industrial superiores a la media (-13,3%). Maquinaria y Equipo disminuyeron un -7,3% y, por el contrario, los productos farmacéuticos aumentaron un 10,1%.</li>
<li><strong>Sector Servicios</strong>: Descensos importante en las actividades del agregado “comercio, hostelería y transporte” que vieron interrumpida o restringida su actividad.</li>
<li><strong>Infraestructuras de Transporte</strong>. Es llamativo el mantenimiento del volumen de tráfico de mercancías en el aeropuerto de Vitoria-Gasteiz en un año caracterizado por restricciones y descensos de actividad. El CES destaca la existencia de una masa crítica en este último sector de actividad que está adquiriendo un peso cada vez más importante en el mercado global.</li>
<li><strong>Finanzas Públicas</strong>: El desplome de la recaudación interrumpió la recuperación de las finanzas públicas y la reducción del endeudamiento. En opinión del Consejo, la política fiscal y presupuestaria debe poner el foco ahora en mejorar los servicios públicos esenciales, <em>“muy fundamentalmente la sanidad y los servicios sociales, pero también la educación y, por supuesto, la investigación”</em>.<br />
En cuanto al empleo público, el informe reitera, un año más, la necesidad de corregir la interinidad y la temporalidad en las administraciones públicas vascas.</li>
<li><strong>Energía</strong>. Al CES le preocupa la elevada dependencia energética exterior de la comunidad autónoma y la reducida producción en base a energías renovables.</li>
<li><strong>Ciencia, Tecnología e Innovación</strong>. Crece por cuarto año consecutivo el gasto en I+D en términos absolutos, pero aún está lejos del objetivo europeo del 3 %. La Memoria constata las dificultades existentes para trasladar a resultados esta inversión y recuerda que las empresas vascas, en particular las pymes, tienen todavía un amplio abanico de mejora (ciberseguridad, inteligencia artificial, uso de robótica…), y pide profundizar en las políticas públicas en estos ámbitos.</li>
</ul>
<p><strong>EMPLEO Y RELACIONES LABORALES</strong></p>
<p>2020 truncó la recuperación del empleo en Euskadi cuando se acercaba a los niveles de ocupación anteriores a la crisis de 2008. La pérdida, no obstante, fue muy inferior a la del PIB, por la utilización masiva de los ERTE por parte de las empresas, que permitió priorizar el mantenimiento del empleo, gracias a un apoyo económico público sin precedentes, que, sin embargo, <em>“plantea muchas incógnitas a futuro”</em>. A pesar de ello, los ERTE <em>“han permitido evitar el impacto negativo estructural de una situación en principio coyuntural”</em>.</p>
<p>La pérdida de empleo sufrida en 2020 fue mayoritariamente masculina y afectó especialmente a la hostelería y a la industria manufacturera, actividades de gran peso en la economía vasca.</p>
<p>El CES defiende que las Políticas Activas de Empleo son ahora, <em>“más importantes que nunca y deben dar respuesta a las necesidades específicas de las personas jóvenes”</em>; asimismo se debe dar una atención preferente a las personas afectadas por el paro de larga duración.</p>
<p><strong>CONDICIONES DE VIDA Y PROTECCIÓN SOCIAL</strong></p>
<ul>
<li><strong>Condiciones de vida</strong>. Aunque la CAPV se mantuvo en posiciones positivas en los rankings internacionales de calidad de vida, algunos indicadores alertaron en 2018 y 2019 sobre un deterioro, que la pandemia habría profundizado en 2020, aunque ello no se haya reflejado todavía en las cifras analizadas.</li>
<li><strong>Protección social</strong>. A pesar de la crisis pandémica, el sistema de protección social de la CAPV mantuvo su cobertura en 2020 en niveles comparables a los principales países europeos y por encima de la media española. Así:</li>
<li><strong>Sistema de Garantía de Ingresos</strong>: Crecieron el gasto y el número de unidades perceptoras en 2020, debido al aumento de las necesidades provocado por la pandemia. El gasto ascendió a 483,9 millones de euros, un 6% más que en 2019, con 54.747 unidades perceptoras de RGI en diciembre de 2020, un 4,4% más que en el año precedente. En opinión del Consejo, <em>“el sistema está respondiendo al aumento de los requerimientos, en los términos en los que fue diseñado por su normativa reguladora”</em>.</li>
<li><strong>Sostenibilidad del Sistema</strong>: Un año más, el CES muestra su preocupación en este ámbito y considera que 2020 ha puesto<em>, “aún en mayor evidencia, la necesaria mejora del sistema de protección social en nuestro país, mejora que pasa por garantizar su sostenibilidad y adaptar sus prestaciones a las nuevas realidades y a las crecientes necesidades que la pandemia ha venido a sumar a los retos ya asumidos por nuestra sociedad”</em>.</li>
</ul>
<p><strong>CALIDAD DE VIDA</strong></p>
<ul>
<li><strong>Educación</strong>: Como en anteriores ediciones, la Memoria recalca la necesidad de que se prestigien todas las opciones educativas y constata la <em>“indeseable brecha por género”</em> que hace que la participación femenina sea menor en los campos científico-técnicos y muy superior en el cuidado de las personas, salud y sanidad, por lo que pide continuar sensibilizando a estudiantes y familias.Además, considera necesario analizar la respuesta del sistema educativo ante la pandemia para detectar los posibles fallos y aciertos, de cara a respuestas futuras.</li>
<li><strong>Cultura</strong>. El Consejo constata que la población vasca es menos proclive que la media española a realizar prácticas activas artísticas y que descienden las empresas culturales y el empleo en este campo, “<em>aspecto que no ocurre en el Estado”</em>. También le sorprende que, <em>“aun siendo la comunidad con mayor renta disponible, la CAPV ocupe la undécima posición en el ranking de CCAA en gasto medio por hogar, y que en términos de gasto medio por persona nos encontremos por debajo de la media estatal y ocupemos la décima posición”</em>.</li>
<li><strong>Situación del Medio Natural</strong>: Las emisiones de gases de efecto invernadero disminuyeron en 2018 (último dato disponible) y también descendieron las emisiones generadas para producir una unidad de PIB, aunque todavía son ligeramente superiores a la media de la UE28. La Memoria subraya el aumento de emisiones asociadas al transporte por carretera, al sector residencial y al sector servicios.</li>
<li><strong>Salud y sistema sanitario: La pandemia tensionó al máximo el sistema</strong> sanitario vasco, <em>“que ha sido capaz de responder razonablemente ante una situación extrema”</em>. El Consejo pide evaluar las respuestas y señalar los obstáculos <em>“a fin de estar preparados ante una eventual situación similar en el futuro”</em> y señala la necesidad de vigilar dos cuestiones directamente relacionadas con la Covid-19: la salud mental de la población (fatiga pandémica) y la adecuada atención a las personas con Covid persistente.El CES estima clave la digitalización para la prevención y mejora del sistema de salud, así como el creciente protagonismo de la telemedicina y la teleterapia, complementarias a la atención presencial. También resalta que la pandemia ha puesto en evidencia debilidades del sistema de servicios sociales <em>“con el grave drama humano en las residencias de personas mayores, cuyo desarrollo normativo continúa pendiente en gran parte”</em>.</li>
<li><strong>Vivienda</strong>: El número de viviendas iniciadas y terminadas retrocedió en 2020, en tanto que la rehabilitación mantuvo, al menos en parte, su actividad. La oferta de vivienda en alquiler se redujo de nuevo ese año y la Memoria constata que el parque protegido resulta escaso para la demanda existente, por lo que preocupa su impacto en amplios colectivos, como el de la juventud y el de las personas con menos recursos.</li>
</ul>
<p><a href="/es/download/memoria-socioeconomica-2020/">Memoria Socioeconómica 2020</a><br />
<a href="/es/download/resumen-y-consideraciones-de-la-mse-2020/">Resumen y Consideraciones 2020</a></p>
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		<item>
		<title>Dictamen del CES sobre el Plan de desarrollo industrial e internacionalización 2021-2024</title>
		<link>https://cesegab.eus/es/dictamen-del-ces-sobre-el-plan-de-desarrollo-industrial-e-internacionalizacion-2021-2024/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 30 Jun 2021 08:06:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El CES considera adecuada la tramitación del “Plan de Desarrollo Industrial e Internacionalización 2021-2024”, con las observaciones adjuntadas. El texto ha sido elaborado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li><strong>El CES considera adecuada la tramitación del “Plan de Desarrollo Industrial e Internacionalización 2021-2024”, con las observaciones adjuntadas. El texto ha sido elaborado por el </strong><strong>Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente</strong><strong>.</strong></li>
<li><strong>El Consejo advierte de que nos situamos ante <em>“un reto colosal de reactivación y de cambio de paradigma, en el que Euskadi no puede quedarse rezagada”</em>. Valora positivamente el Plan y cree que responde a las necesidades industriales actuales y futuras. </strong></li>
<li><strong>Señ<em>a</em>la que el balance recogido en el proyecto es <em>“excesivamente optimista”</em> y se centra en los logros y en las fortalezas de la industria, sin mención a las debilidades y amenazas.</strong></li>
<li><strong>El CES apunta dos retos adicionales: el déficit demográfico que dificultará cubrir la demanda laboral y el insuficiente tamaño empresarial. Sobre este último, pide que sea considerado como <em>“una palanca explícita y separada en el Plan, con una estrategia clara y ambiciosa”</em>.</strong></li>
<li><strong>El dictamen subraya la importancia del compromiso con el mantenimiento y creación de empleo de calidad y propone incorporar la participación de los agentes económicos y sociales en la implantación, seguimiento y evaluación del Plan a través de la Mesa de Diálogo Social.</strong></li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco considera adecuada la tramitación del “Plan de Desarrollo Industrial e Internacionalización 2021-2024”, con las observaciones que adjunta en su dictamen. El proyecto ha sido elaborado por el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.</p>
<p>El Plan se ha fijado como misión acelerar la reactivación económica, con un marcado carácter industrial, que sea generadora de empleo de calidad y asuma las transformaciones digital, energético-climática y demográfico-social como una oportunidad para fortalecer la competitividad de la estructura productiva, al tiempo que integre los criterios medioambientales en todas las políticas sectoriales, no como un condicionante, sino como un factor competitivo y de oportunidad para crear valor.</p>
<p>En el dictamen, el CES reflexiona en torno a la coyuntura en que se ha elaborado este nuevo plan cuatrienal: un contexto socioeconómico y sanitario inédito, debido a la pandemia de la covid-19, que ha ocasionado un severo impacto económico y social. Tras recordar algunos datos ilustrativos al respecto (contracción del PIB, pérdida de empresas y de autónomos, caída del empleo, medidas de choque adoptadas, ayudas financieras extraordinarias de la UE…), el Consejo advierte de que nos situamos ante <em>“un reto colosal de reactivación y de cambio de paradigma, en el que Euskadi no puede quedarse rezagada”</em>. Por ello, el Consejo respalda el Plan de Desarrollo Industrial e Internacionalización 2021-2024, que <em>“responde a las necesidades industriales actuales y futuras”</em> y lo valora positivamente, sin perjuicio de las consideraciones que adjunta en su dictamen.</p>
<p><strong>Retos y debilidades</strong></p>
<p>Entre ellas, en primer lugar, recomienda incluir una evaluación más completa de los planes de industrialización e internacionalización del periodo 2017-2021, <em>“con referencias concretas a datos e indicadores de seguimiento”</em>. El CES también entiende que el balance recogido en el proyecto remitido es <em>“excesivamente optimista”</em>, ya que se centra en los logros y en las fortalezas de la industria, sin mención a las debilidades y amenazas, <em>“cuando Euskadi tiene todavía muchos aspectos para mejorar su competitividad internacional, relacionados tanto con cuestiones laborales, como energéticas o la simplificación administrativa”</em>.</p>
<p><strong>Demografía y tamaño empresarial</strong></p>
<p>En este camino, el Consejo Económico y Social entiende que existen dos retos adicionales, que se deben afrontar para el buen desarrollo de la industria vasca. El primero es de carácter demográfico y está relacionado con el déficit existente para cubrir la demanda en el mercado de trabajo -la Estrategia Vasca de Empleo 2030 contempla para esta década la necesidad de cubrir 600.000 empleos; medio millón por relevo generacional y cien mil, de nueva creación-, una cuestión que el Consejo califica de clave.</p>
<p>El segundo reto está relacionado con el tamaño empresarial, <em>“que sigue siendo insuficiente y constituye un hándicap”</em>, por lo que considera que no debería ser considerada como una mera referencia parcial en el Plan, sino que debería constituir <em>“una palanca explícita y separada</em>, <em>con una estrategia clara y ambiciosa, con actuaciones concretas y explícitas para fomentar un aumento del tamaño medio empresarial e industrial”</em>.</p>
<p><strong>Empleo de calidad y participación de los agentes económicos y sociales</strong></p>
<p>El dictamen del CES también quiere destacar entre sus consideraciones la importancia del <em>“compromiso con el mantenimiento y creación de empleo en el Plan”</em>, en pos de un empleo de calidad e inclusivo, que contribuya a la competitividad. Y sobre la participación de los agentes económicos y sociales, el Consejo valora positivamente las reuniones mantenidas para la elaboración del plan y aboga por la continuidad de esta participación en la gobernanza y en su seguimiento, un aspecto no contemplado en el texto analizado. Por ello, propone incorporar <em>“la participación de los actores afectados y, en particular, de los agentes económicos y sociales en la implantación, seguimiento y evaluación del Plan a través de la Mesa de Diálogo Social”</em>.</p>
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		<title>Dictamen del CES sobre el proyecto de decreto que regula las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 14 May 2021 08:10:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[2021]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<ul>
<li>El CES considera adecuada la tramitación del “Proyecto de Decreto por el que regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales en la CAPV”, con las observaciones expresadas en el dictamen.</li>
<li>El proyecto dictaminado regula la habitabilidad, entendida como un espacio que permite desarrollar un proyecto de vida, que cumple unos requisitos básicos de superficie y altura, confort térmico, equipamiento, salubridad, accesibilidad, uso y mantenimiento, entre otros aspectos.</li>
<li>El CES califica la norma de “oportuna y acertada”. En sus consideraciones observa que el proyecto no fija el plazo para revertir una declaración de inhabitabilidad y sugiere que las definiciones de términos y conceptos se recojan en el inicio del texto normativo para una mejor comprensión del documento.</li>
</ul>
<p>El Consejo Económico y Social Vasco considera adecuada la tramitación del “Proyecto de Decreto por el que regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y alojamientos dotacionales en la CAPV”, con las observaciones expresadas en el dictamen. El proyecto ha sido remitido por el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.</p>
<p>El decreto tiene por objeto establecer las condiciones mínimas de habitabilidad que deben cumplir las viviendas y alojamientos dotacionales ubicados en la CAPV, así como los edificios de uso predominantemente residencial que los albergan, para garantizar que sean dignos, adecuados y accesibles. El texto también determina las normas de diseño que deben respetar las viviendas de protección pública a efectos de su calificación.</p>
<p>El proyecto dictaminado regula la habitabilidad de la vivienda, entendida como un espacio que permite desarrollar un proyecto de vida, que cumple unos requisitos básicos de superficie y altura, confort térmico, equipamiento, salubridad, accesibilidad, uso y mantenimiento, sin olvidar la flexibilidad o versatilidad que debe ofrecer para su adaptación a las distintas etapas de la vida, así como a las nuevas necesidades y formas de vida modernas.</p>
<p>Estas condiciones de habitabilidad de la vivienda nueva son comunes a la vivienda de promoción libre y a la vivienda pública, aunque esta última debe cumplir unas normas de diseño que condicionan la superficie máxima de la vivienda con el programa habitacional; al igual que sucede con los alojamientos dotacionales. Sobre estas premisas, el CES estima que la norma es <em>“oportuna y acertada, ya que permite la unificación, y su redacción resulta minuciosa y técnica”</em>.</p>
<p><strong>Plazo para revertir la declaración de inhabitabilidad</strong></p>
<p>El dictamen del consejo consultivo vasco incorpora una serie de consideraciones específicas como propuestas de mejora del texto analizado. Así, por ejemplo, el Consejo observa que el proyecto de decreto no indica el plazo determinado para intentar revertir una declaración de inhabitabilidad. También recomienda incluir la obligatoriedad de instalar extintores y planes de evacuación en las viviendas y alojamientos dotacionales existentes que no son objeto de rehabilitación, un aspecto que <em>“está regulada en otras normativas, pero no estaría de más que aparezca explícitamente en ésta”</em>.</p>
<p>En cuanto a los supuestos de exención en aquellos casos en los que la especial y compleja morfología de las edificaciones y del parcelario existente imposibilite el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y normas de diseño -siempre y cuando el planeamiento urbanístico así lo contemple-, el Consejo propone la adición del siguiente texto a la norma: <em>“y </em><em>siempre que se encuentren en buen estado de uso, conservación, salubridad, higiene y seguridad”</em>.</p>
<p>Por último, sugiere que las definiciones de los términos y conceptos se recojan en el inicio del texto normativo, en lugar del último anexo, al objeto de hacer más comprensible el documento.</p>
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